Entró en vigencia en la Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y reemplaza al sistema que regía desde 1980, bajo el cual la edad de imputabilidad comenzaba a los 16.
La Ley 27.801 alcanza a los adolescentes desde los 14 años y hasta el momento en que cumplen 18 que sean acusados de cometer un delito contemplado en el Código Penal o en leyes penales especiales. La edad será considerada al momento del hecho.
La normativa aclara que la judicialización de un adolescente no implica automáticamente su encarcelamiento. El sistema incorpora diferentes medidas, como orientación y supervisión interdisciplinaria, capacitación laboral, actividades educativas, deportivas o culturales, tareas comunitarias, monitoreo electrónico y reparación del daño ocasionado.
También contempla la mediación penal juvenil para determinados delitos y la posibilidad de suspender el proceso a prueba, siempre que se cumplan las condiciones fijadas por la Justicia.
Para los hechos más graves, la ley permite aplicar penas privativas de la libertad, aunque prohíbe expresamente la prisión perpetua. El máximo establecido para una persona menor de 18 años será de 15 años.
Los adolescentes que deban permanecer privados de su libertad deberán ser alojados en establecimientos especializados y separados de las personas adultas. Además, los procesos tendrán que estar a cargo de jueces, fiscales, defensores y profesionales capacitados en materia penal juvenil.
La ley fue publicada el 9 de marzo en el Boletín Oficial y comenzó a regir 180 días después. Asimismo, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar sus normas procesales y administrativas al nuevo régimen.
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