Un hombre de 28 años fue procesado con prisión preventiva acusado de haber realizado una propuesta sexual a un nene de 8 años dentro del baño de una estación de servicio YPF ubicada en el barrio porteño de San Cristóbal.
El hecho ocurrió el pasado 5 de abril, por la tarde, en la estación ubicada en la esquina de avenida Independencia y Jujuy, una zona de alta circulación. Según la acusación judicial, el imputado, identificado como Figueroa, abordó al menor cuando había ingresado solo al baño y le dijo: “¿Me la querés chupar?”.
De acuerdo con la reconstrucción de la causa, el chico salió inmediatamente del lugar y regresó llorando al automóvil donde estaban sus padres. Allí les contó lo sucedido y señaló al hombre cuando salía del baño. Según consta en el expediente, el acusado aparentaba estar en situación de calle y llevaba consigo una bolsa negra.
Tras escuchar el relato de su hijo, el padre del menor persiguió al sospechoso por avenida Independencia, logró reducirlo a unos cien metros del lugar y pidió ayuda policial. Minutos después arribó personal de la Policía de la Ciudad, que concretó la detención.
La investigación quedó a cargo del juez Fernando Caunedo y del fiscal Marcelo Roma. Durante la instrucción, el menor declaró en Cámara Gesell y describió el episodio. El relato fue considerado creíble por la Justicia.
Por su parte, la defensa oficial del acusado presentó un descargo por escrito en el que negó los hechos. “Niego rotundamente el hecho que se me atribuye”, sostuvo Figueroa, quien además afirmó haber sido golpeado por el padre del niño al momento de la detención. No obstante, una revisión médica realizada posteriormente en el hospital Tornú no detectó lesiones de gravedad.
Al resolver el procesamiento con prisión preventiva, el magistrado también tuvo en cuenta los antecedentes penales del imputado. Figueroa, oriundo de Berazategui, había sido condenado en 2017 por un tribunal de Mercedes a tres años de prisión por tenencia ilegal de arma de guerra, violación de domicilio y resistencia a la autoridad.
En la resolución, el juez sostuvo que “el plan delictivo consistía en obtener del menor la realización de un acto de sexo oral” y consideró que la frase atribuida al acusado “fue el acto inicial e inmediato dirigido a ese fin”.
Te puede interesar: