La medida fue oficializada este lunes a través de la Resolución 2214/2025, publicada en el Boletín Oficial, y completa la implementación de la Ley 27.553, que había comenzado a regir parcialmente a principios de año. Con esta normativa, todas las órdenes médicas deberán ser emitidas de forma electrónica, mediante plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS).
Entre las principales novedades, se incorpora un sistema de identificación unívoca tanto para las personas como para las recetas. Desde ahora, el CUIL será el dato clave para identificar al paciente, mientras que cada prescripción llevará una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que permitirá un seguimiento preciso de los tratamientos y una mayor transparencia en el circuito médico.
También se definió un mecanismo específico para digitalizar recetas archivadas o de prescripción restringida, como aquellas que incluyen psicotrópicos o estupefacientes, con un resguardo mínimo obligatorio de tres años para cada prescripción.
Los tiempos para su implementación son escalonados:
-
45 días para la incorporación del CUIL como identificador
-
90 días para la prescripción digital de medicamentos con receta archivada
-
120 días para la receta restringida.
En aquellas zonas donde la conectividad digital no esté garantizada, se mantendrá la posibilidad de utilizar la receta en papel, asegurando así el acceso al sistema de salud en todo el territorio nacional.
Desde el Ministerio de Salud se informó que se trabajará en conjunto con los distintos actores del sistema sanitario para coordinar los aspectos técnicos necesarios para la correcta aplicación de la medida.
Te puede interesar: