La provincia de Buenos Aires dio un nuevo paso en materia energética al habilitar el Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria, un marco que permite la producción de energía eléctrica renovable destinada al autoconsumo y a la venta de excedentes a la red de distribución.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 17/2026, publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos aprobó el reglamento técnico, jurídico, económico, contractual y tarifario de una iniciativa que comenzó a gestarse en 2023.
El nuevo esquema regula la asociación de varios usuarios, con puntos de suministro independientes —o de un mismo titular con al menos dos suministros— atendidos por una misma distribuidora provincial o municipal, que se vinculen para generar energía renovable mediante sistemas con una potencia superior a los 10 kW.
Según lo establecido, la energía producida podrá destinarse al autoconsumo, mientras que los excedentes podrán inyectarse a la red, con la correspondiente acreditación económica en las facturas de los usuarios que integren el proyecto, de acuerdo con el porcentaje de participación previamente definido.
Hasta ahora, el régimen de generación distribuida estaba pensado únicamente para usuarios individuales, como viviendas, comercios o pymes que instalan paneles solares para consumo propio y compensan excedentes. La nueva normativa viene a cubrir el vacío legal que existía para los proyectos colectivos.
El reglamento se enmarca en la Ley N° 11.769, que reconoce a los autogeneradores como agentes de la actividad eléctrica, y en la Ley N° 15.325, que declara de interés provincial la generación distribuida de energía a partir de fuentes renovables y adhiere a los beneficios promocionales, impositivos y fiscales previstos por la Ley Nacional N° 27.424.
Entre los puntos centrales, se establece que los proyectos comunitarios podrán organizarse mediante acuerdos privados o a través de personas jurídicas, debiendo quedar claramente definida la participación de cada integrante, lo que determinará el porcentaje de ingresos por la energía inyectada a la red.
Asimismo, los Usuarios-Generadores, tanto individuales como comunitarios, deberán inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER). A partir de esa inscripción y del cumplimiento de la documentación exigida, se emitirá el certificado habilitante para acceder a los beneficios impositivos y fiscales.
El RUGER deberá informar mensualmente a ARBA la emisión de certificados, así como sus modificaciones o bajas, para que se registren las exenciones impositivas otorgadas en el marco del régimen.
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