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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo que comenzarán a regir desde el 1 de agosto y habilitó el período de recategorización para los contribuyentes que deban modificar su categoría.

El trámite podrá realizarse hasta el 5 de agosto, sin penalidades. La actualización contempla un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales de todas las categorías, de acuerdo con la inflación acumulada durante el primer semestre informada por el INDEC.

Los nuevos importes se aplicarán desde el vencimiento del 20 de agosto, cuando deberá abonarse la cuota mensual correspondiente con los valores actualizados.

Para determinar si corresponde cambiar de categoría, los monotributistas deberán analizar los ingresos brutos, alquileres devengados, superficie afectada a la actividad y consumo de energía eléctrica registrados durante los últimos 12 meses.

No deberán realizar el trámite quienes mantengan los mismos parámetros que en el semestre anterior ni aquellos que todavía no hayan cumplido seis meses calendario desde el inicio de sus actividades.

Los nuevos topes de facturación

Los ingresos brutos anuales máximos para cada categoría serán:

  • Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  • Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  • Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  • Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  • Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  • Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  • Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  • Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  • Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  • Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  • Categoría K: hasta $126.610.838,75.

En cuanto a las cuotas mensuales, los valores parten de $49.527,18 para la categoría A y llegan hasta $1.614.446,04 para la categoría K en el caso de quienes prestan servicios. Para las actividades de venta de bienes, el importe máximo de la categoría K será de $702.103,24.

Cómo realizar la recategorización

El trámite se realiza de manera online. Los contribuyentes deberán ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal, acceder al servicio Monotributo y seleccionar la opción "Recategorizarme".

Luego deberán revisar la información registrada, actualizar los datos si corresponde y confirmar el trámite. Una vez finalizado, podrán descargar el formulario F.184 y la nueva credencial de pago.

ARCA también mantiene habilitada la recategorización simplificada, que permite visualizar automáticamente la facturación anual registrada y agilizar el proceso para quienes cumplen con los requisitos.

El organismo recordó que puede realizar una recategorización de oficio si detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como compras, gastos o acreditaciones bancarias que superen los ingresos permitidos. En esos casos, la notificación se realizará a través del domicilio fiscal electrónico.

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