El proyecto de reforma laboral que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados introduce modificaciones estructurales en el régimen laboral argentino. El oficialismo buscará convertirlo en ley en los próximos días en el Senado.

La iniciativa modifica la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Asociaciones Sindicales, redefine el alcance del derecho de huelga y establece cambios tributarios y judiciales vinculados al sistema laboral.

Convenios colectivos y negociación

Uno de los ejes centrales es la descentralización de la negociación colectiva. El texto establece que los convenios de ámbito mayor no podrán modificar el contenido de los convenios de ámbito menor, lo que fortalece los acuerdos por empresa y reduce el peso de las negociaciones sectoriales generales.

Además, se elimina la ultraactividad plena: los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán todos sus efectos hasta la firma de uno nuevo, sino únicamente las cláusulas referidas a condiciones de trabajo.

Salario e indemnizaciones

El proyecto habilita la incorporación de componentes salariales “dinámicos”, adicionales y variables por encima del salario básico, ya sea por acuerdo colectivo, individual o decisión del empleador.

En materia de indemnizaciones por despido sin causa, se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a tres meses. Sin embargo, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones o premios extraordinarios.

También se prevé la posibilidad de cancelar sentencias judiciales en hasta seis cuotas mensuales —12 en el caso de PyMEs— ajustadas por IPC más una tasa del 3% anual.

Fondo de Asistencia Laboral

Se crea un Fondo de Asistencia Laboral para financiar despidos, que se integrará con una contribución mensual del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. A cambio, las firmas obtendrán descuentos en contribuciones patronales con destino a la seguridad social administrada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Jornada, vacaciones y modalidad de pago

Se incorpora el banco de horas para compensar jornadas, con un máximo de 12 horas diarias y 12 horas obligatorias de descanso.

Las vacaciones podrán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril y fraccionarse en períodos no inferiores a siete días. El empleador deberá notificar con al menos 45 días de anticipación.

Además, se habilita el pago de remuneraciones en moneda extranjera, además de la moneda nacional y otras modalidades ya vigentes.

Antigüedad y tercerización

Se computará la antigüedad anterior si el trabajador reingresa al mismo empleador, salvo que hayan transcurrido más de dos años desde la finalización del vínculo previo.

El texto elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal en la contratación de terceros: los trabajadores serán considerados empleados directos de quien registre formalmente la relación laboral.

Cambios sindicales y derecho de huelga

Se fija un tope del 2% para cuotas solidarias sindicales. Las asambleas en lugares de trabajo requerirán autorización del empleador y los delegados contarán con hasta diez horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.

En cuanto al derecho de huelga, se amplía el listado de actividades consideradas “servicios esenciales” —con obligación de garantizar un 75% de prestación— y “servicios trascendentales” —con cobertura mínima del 50%—.

Los bloqueos que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza serán considerados infracciones muy graves.

Nuevos regímenes e incentivos

El proyecto crea un Régimen de Inversiones para PyMEs con beneficios fiscales y contempla incentivos para la contratación de nuevo personal mediante rebajas en contribuciones patronales.

También regula el trabajo en plataformas digitales, considerando a los repartidores como prestadores independientes, aunque obliga a las empresas a contratar seguros y brindar capacitación.

En el plano judicial, se dispone el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Derogaciones e impacto sectorial

Entre las derogaciones previstas se incluye la ley de teletrabajo, que será reemplazada por modalidades más flexibles, y la eliminación progresiva de estatutos profesionales específicos, como el del periodista, en el plazo de un año.

Asimismo, se postergan hasta 2028 gravámenes que financian al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), y se eliminan determinados impuestos internos y exenciones vinculadas a inversiones y actividades productivas.