La abogada Lara Silva, del Estudio López - Silva, dialogó en Radio Gabal sobre temas de derecho de familia, en un contexto donde los conflictos familiares parecen incrementarse. Durante la entrevista, abordó conceptos clave como el matrimonio, la unión convivencial y la organización familiar tras una separación.

Silva explicó que hoy existen dos figuras principales: el matrimonio y la unión convivencial. Mientras que el primero otorga derechos y obligaciones específicas —como la vocación hereditaria y un régimen patrimonial compartido—, la unión convivencial implica un proyecto de vida en común sin necesidad de casarse, y se formaliza en el Registro Civil mediante un trámite sencillo que requiere dos testigos.

"En la unión convivencial, cada integrante administra sus bienes de manera individual, salvo que acuerden un pacto de convivencia", detalló. Además, aclaró que la vivienda familiar tiene protección especial, ya que no puede ser dispuesta unilateralmente si hay hijos menores involucrados.

Consultada sobre la obligación alimentaria, Silva señaló que tanto el padre como la madre deben cumplir con el aporte económico para los hijos, y que en caso de que los menores convivan con el progenitor masculino, la mujer también puede ser demandada por alimentos. "El monto de la cuota depende del caudal económico del alimentante y, generalmente, ronda entre el 25 y el 30% de los ingresos", precisó.

Por otra parte, aclaró que quienes se divorcian no vuelven a ser considerados solteros sino que adquieren el estado civil de divorciados.

Para quienes requieran asesoramiento en estas cuestiones, pueden hacerlo al teléfono 2266 51-3716 o en el estudio jurídico ubicado en calle 16 Nº 895.

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